LEY 1563 DE 2012
(Julio 12)
Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
SECCIÓN PRIMERA
ARBITRAJE NACIONAL
CAPÍTULO I
DECRETO 1829 DE 2013
(Agosto 27)
"Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de las Leyes 23 de 1991, 446
de 1998, 640 de 2001 y 1563 de 2012"
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y los artículos
7,9,10, 13 Y 14 de la Ley 640 de 2001,26 de la Ley 1563 de 2012, y 23 de la Ley
51 de 1918
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 91 de la Ley 446 de 1998,
10 Y 11 de la Ley 640 de 2001 y 50 de la Ley 1563 de 2012, le compete al
Ministerio de Justicia y del Derecho autorizar la creación de los Centros de
Conciliación o Arbitraje. ver mas
No hay comentarios:
Publicar un comentario