lunes, 14 de marzo de 2016



ELIANA FERNANDA VARGAS R.


Unos recortes "previsibles"


"El propio Tribunal Arbitral señala que los inversores hubieran podido prever fácilmente, dada la situación, la posibilidad de cambios del marco regulatorio de haber realizado previamente un análisis exhaustivo del marco jurídico. Análisis que, según el Tribunal, hubiera sido acorde con el nivel de diligencia esperado de un inversor extranjero en un sector como el energético, altamente regulado, y que es indispensable para proceder a realizar la inversión", añade Industria.
Según explica el Gobierno, el laudo señala además que la obligación de otorgar un trato justo y equitativo no implica que el marco regulatorio deba mantenerse igual para todas las plantas a lo largo de toda su vida, pues ello supondría congelar el marco regulatorio y limitaría cualquier cambio de la regulación. "El Tribunal tampoco considera demostrado que las medidas impugnadas sean contrarias al interés público, como pretendían los demandantes".

En este sentido, subraya que las primas liquidadas al sector fotovoltaico eran superiores, en términos absolutos, a las pagadas a las restantes tecnologías renovables e iban creciendo cada año en proporciones importantes, al tiempo que la factura de los consumidores españoles iba aumentando mucho más que la media de la Unión Europea.

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